Oaxaca de Juárez, Oax. 30 de octubre de 2023.- Derivado de las cuatro quejas presentadas contra la diputada federal Irma Juan Carlos, así como de los exfuncionarios estatales, Laura Estrada Mauro y Antonino Morales, por actos anticipados de campaña, el Instituto Nacional Electoral (INE) en Oaxaca dictó medidas cautelares.
Este lunes en sesión ordinaria, la Junta Local Ejecutiva del INE aprobó medidas cautelares luego de investigar los actos denunciados por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el ciudadano Isaías Vásquez Aragón.
“La Junta Local realizó diversas diligencias preliminares de investigación, principalmente consistentes en certificaciones de la Oficialía Electoral en todo el estado, que permitieron recabar evidencia documental de la presencia de propaganda en vía pública y redes sociales”, informó en un comunicado.
Confirmó además que la propaganda de los integrantes de Morena sí responde a una estrategia para posicionarse ante las elecciones federales del siguiente año.
“Lo que atendiendo al contexto y particularidades del caso, se estima que no se trata de manifestaciones, actuaciones o propaganda aislada o espontánea, sino que, aparentemente, es resultado de una estrategia a nivel estatal cuya finalidad es, en el caso de cada uno de los sujetos denunciados, posicionarse frente al electorado de cara al inicio del próximo proceso electoral federal, lo que puede afectar gravemente los principios de legalidad, imparcialidad, equidad y neutralidad”, declaró.
“Es importante indicar que en el presente caso, las investigaciones preliminares realizadas aun no se desprende con certeza la autoría, fuente o forma de financiamiento de la propaganda denunciada, ni se ha podido establecer la forma, tiempo y circunstancias en que lo hicieron”, añadió.
“A pesar de ello se considera que el dictado de medidas cautelares en su modalidad de tutela preventiva, resulta proporcional y justificada, porque impide que continúe o se concrete la posible conducta infractora y permite resguardar precautoriamente el principio de equidad hasta en tanto se resuelve el fondo del asunto. Por lo que, con el fin de proteger el principio de equidad en el contexto del proceso electoral federal próximo a iniciar, se consideró urgente dictar medidas cautelares con la finalidad de inhibir conductas denunciadas”, indicó.
Dichas medidas cautelares consisten en que se vinculó al partido político Morena, a que, de inmediato, conmine a su militancia en general, así como a los simpatizantes y a los posibles aspirantes a abstenerse de realizar eventos en los que se promocionen a las personas denunciadas, con miras a posicionarles respecto al Proceso Electoral Federal 2023-2024, de asistir y participar en estos, de distribuir elementos de propaganda como lonas, mantas, micro perforados, calcas para vehículos, contratar publicidad en redes sociales, en anuncios espectaculares, pintar bardas con frases alusivas a los personas denunciadas o a cualquier otra persona que manifieste aspiraciones de participar como candidato a algún puesto de elección popular, así como de la realización de cualquier acto que pudiera afectar el principio de equidad del próximo proceso electoral federal.
Ordenó al partido político Morena a que publique en su página de internet y redes sociales un extracto de la presente determinación a efecto de dar a conocer entre su militancia las medidas cautelares en su modalidad de tutela preventiva adoptadas por esta Junta Local y Denuncias.
Ordenó también a 20 municipios que en un plazo que no exceda de 72 horas, contadas a partir de la notificación de la presente determinación, realicen el retiro de la propaganda fijada en equipamiento urbano o en pinta de bardas, que no sean de propiedad privada, identificada con las características descritas en el presente acuerdo.
De igual manera, ordenó a las personas físicas o morales que se encuentran inscritas en el Registro Nacional de Proveedores del Instituto Nacional Electoral, cuyo servicio consista en la difusión de propaganda en anuncios espectaculares, que en caso de que se identifique en sus estructuras la difusión de propaganda con las características indicadas en el presente acuerdo, en un plazo de 72 horas contadas a partir de la notificación del presente acuerdo, procedan al retiro de la propaganda en cuestión.