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Resuelve Sala Superior del TEPJF a favor de Presidenta del IEEPCO

Oaxaca de Juárez, Oax. 8 de mayo de 2024.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) publicó el proyecto de resolución sobre el caso de la presidenta del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), Elizabeth Sánchez González, mismo que será sometido a la consideración del pleno este miércoles.

En el proyecto, la Sala Superior resuelve que se revoque la sanción de inhabilitación impuesta a la presidenta del IEEPCO por la Segunda Sala Unitaria Especializada en Materia de Responsabilidades Administrativas y Combate a la Corrupción del Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción del Estado de Oaxaca.

Lo anterior, debido a que la Sala Unitaria del Tribunal de Justicia Administrativa y Combate a la Corrupción del Estado de Oaxaca “no está facultada para imponer sanciones que impliquen la separación temporal o definitiva del cargo que ejercen, la consejera o el consejero presidente del OPLE de Oaxaca, o cualquier otra persona consejera de ese Instituto local”, ya que el único facultado para ello es el Instituto Nacional Electoral (INE). 

“Sólo pueden ser removidos por el Consejo General del INE, por las causas graves previamente señaladas, siempre y cuando se acredite la violación grave a algún principio constitucional importante, como lo son el de independencia e imparcialidad en la función electoral a que se refiere la primera causal del artículo 102, de la LEGIPE o los principios rectores de la elección a que alude la última causal (inciso g), del artículo 102 citado). Incluso, como ya fue referido, el Consejo General del INE no está facultado para graduar e imponer otro tipo de sanciones que no sea el de remoción de las consejerías”, refiere el proyecto.

De aprobarse el proyecto de resolución, la consejera presidenta del IEEPCO, Elizabeth Sánchez González, deberá ser reinstalada en su cargo de manera inmediata “sin obstáculo alguno derivado de la mencionada sentencia y de la aclaración, dictadas por la Sala Unitaria”.

La Sala Superior del TEPJF determinó también que “se revoca el acuerdo IEEPCO-CG-74/2024 del veinticinco de abril, por el que el Instituto local aprobó la designación de la consejería electoral que asumió el cargo de la presidencia del Consejo General de forma provisional y se dejan sin efecto todos los actos que se hayan dictado para la ejecución de la sentencia impugnada y de su aclaración, o que se hayan dictado como consecuencia de dicha sentencia y su aclaración y que impidan el ejercicio del cargo de la demandante”.

Asimismo, “ordena a la Sala Unitaria responsable, dictar en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente ejecutoria, dentro del plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación de la presente ejecutoria, una nueva sentencia en la que imponga a la demandante una sanción distinta a la inhabilitación y distinta a cualquier otra que implique la remoción del cargo de la demandante y, dentro del diverso plazo de cinco días hábiles, posteriores a la fecha de la nueva sentencia que dicte, con dicho fallo y con una copia certificada de todo el expediente PRAG 009/2023, de vista al CG del INE, para los efectos de lo previsto en los artículos, 102 y 103 de la LEGIPE”.

El proyecto de resolución será sometido al pleno en la sesión programada para este 8 de mayo de 2024 a las 12:00 horas.

https://www.te.gob.mx/media/pdf/0e608b9aa0c2ae7.pdf

Colaborador, FDN Oaxaca
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