San Raymundo Jalpan, Oax. 08 de julio de 2020.- Diputados de la 64 Legislatura local aprobaron, en sesión ordinaria, una reforma al Código Penal estatal para castigar, con hasta cuatro años de cárcel, a quien con piropos, silbidos y frotamientos acose sexualmente a una persona en Oaxaca.
El artículo reformado es el 241 Ter, donde se prohíbe proferir silbidos, expresiones verbales y/o gestuales de carácter sexual; exhibir y realizar tocamientos, roces o cualquier frotamiento contra el cuerpo de la víctima.
Dicho delito se castigará con prisión de dos y hasta cuatro años, y multa de 100 a 200 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización. Además, la pena aumentará hasta en una tercera parte cuando se cometa por dos o más personas, y cuando exista seguimiento y persecución.
El ordenamiento legal modificado especifica que, si el acoso se comete contra una persona menor de 18 años o con alguna discapacidad, se procederá contra el responsable a petición de parte. Cuando por cualquier causa, la víctima no pueda resistirse, el delito se perseguirá de oficio.
Si el acosador es servidor público, y se vale de medios o circunstancias que el encargo le proporcione para cometer el ataque, además de las penas previstas en el Código Penal Estatal, se le destituirá del cargo o empleo.
En Oaxaca, según el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el número de delitos sexuales se incrementó en un 200 por ciento en los últimos tres años.