Xalapa, Veracruz. 30 de julio de 2020.- La Sala Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó la sentencia del Tribunal Estatal Electoral de Oaxaca (TEEO), la cual, entre otras cuestiones, declaró que los integrantes del ayuntamiento de San Jacinto Amilpas incurrieron en violencia política en razón de género en contra de diversas regidoras que integran dicho cabildo y, en consecuencia, declaró la pérdida de la presunción de contar con un modo honesto de vivir de los ediles sancionados.
Al respecto, los magistrados federales determinaron que les asistía la razón a los actores, toda vez que el TEEO determinó la existencia de violencia política de género sin efectuar un análisis correcto de los elementos que configuran dicha violencia, ya que determinaron que no se demostró la existencia de conductas estereotipadas o bien, expresiones denigrantes atribuidas a los actuales integrantes del referido Ayuntamiento en contra de las regidoras que los denunciaron.
Asimismo, la Sala Regional Xalapa indicó que, si bien existe una serie de impugnaciones ante el TEEO y la propia Sala, promovidas por las citadas regidoras en contra del Ayuntamiento, los hechos demuestran que el origen del conflicto resultó del incumplimiento en el pago de prestaciones económicas, mas no de un ánimo de discriminación, rechazo, desprecio o aversión de los actuales integrantes del Cabildo hacia dichas regidoras, por el sólo hecho de ser mujeres.
De ahí que, lo correcto fuera dejar sin efectos la declaración de existencia de violencia política de género, la declaración de pérdida de la presunción de contar con un modo honesto de vivir, así como todas las actuaciones, avisos y vistas a otras autoridades surgidas de la determinación del TEEO.
En suma, en la sesión del 30 de julio, la Sala Xalapa resolvió 19 medios de impugnación: cuatro juicios ciudadanos y 15 juicios electorales, en sesión pública no presencial.