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Ordenan sanción contra Murat por vulnerar la ley electoral en Oaxaca

Oaxaca de Juárez, Oax. 7 de agosto de 2021.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Congreso de Oaxaca sancione al gobernador Alejandro Murat Hinojosa, por haber incurrido en la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, – debido a la veda por el proceso electoral de este año-, y por el uso indebido de recursos públicos.

De acuerdo con el Pleno del TEPJF, en la sesión del 5 de agosto, se acreditó que Murat Hinojosa vulneró la ley electoral, al difundir propaganda gubernamental durante el período prohibido debido al proceso electoral 2021 en un evento digital.

Se trata de su participación en el acto inaugural del Congreso Nacional 104 de la Asociación de Instituciones de Enseñanza de la Arquitectura de la República Mexicana (ASINEA), realizado el 13 de mayo de 2021 a través de la plataforma Zoom y difundido en la cuenta de Facebook de la Facultad de Arquitectura de la Universidad Benito Juárez de Oaxaca (UABJO).

Del análisis del evento, el cual fue dirigido a estudiantes, personal docente y personas dedicadas a la investigación, la Sala Especializada advirtió que, a partir del minuto 40 de su participación, el mandatario estatal difundió logros de gobierno, al incluir la referencia a obras públicas realizadas por su administración, a través de expresiones encaminadas a exaltar los logros de su gestión mediante la descripción de diversas obras de infraestructura realizadas recientemente en la entidad.

Por ello, y debido a que las declaraciones denunciadas se realizaron y difundieron durante la campaña del proceso electoral federal, se acreditó la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido.

Por otro lado, se declaró existente el uso indebido de recursos públicos al quedar demostrado que para la elaboración de una videograbación con imágenes de Oaxaca y de la obras públicas en comento, se utilizaron recursos materiales y humanos de la Dirección General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno del Estado, ya que si bien, la videograbación no se confeccionó exclusivamente para la participación del funcionario público en la inauguración del evento, su reutilización conllevó el uso de recursos materiales y humanos de una oficina gubernamental.

Por lo anterior, se ordenó remitir copia certificada de la sentencia SRE-PSL-14/2021 y de las constancias del expediente al Congreso de Oaxaca para que, con base en el marco constitucional y legal que resulta aplicable a dicho órgano legislativo determine la sanción que le resulta aplicable al gobernador.

Asimismo, se dictaron medidas de no repetición consistentes en la publicación de un extracto de la sentencia, la revisión y actualización de la normatividad en materia de propaganda gubernamental, así como la instrumentación de capacitación y celebración de convenios encaminados a prevenir estas conductas ilegales.

Asimismo, se vinculó al director de la Facultad de Arquitectura de la UABJO para que edite el contenido del video publicado en la cuenta de Facebook de dicha facultad, a fin de eliminar el discurso inaugural del gobernador.

Al respecto, el magistrado Luis Espíndola Morales emitió un voto concurrente relativo a que las sanciones a imponerse a las personas servidoras públicas deben determinarse de acuerdo con la legislación electoral y no de una naturaleza distinta.

Por otra parte, el video donde se observa al gobernador Alejandro Murat Hinojosa quebrantando la ley electoral, fue borrado de la página de Facebook de la facultad de Derecho de la UABJO. Sin embargo, en la cuenta de Twitter del gobernador, con fecha de 13 de mayo, aún continúa la publicación referente a la conferencia mencionado donde incurrió en la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido.

Colaborador, FDN Oaxaca
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Colaborador, FDN Oaxaca
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