Oaxaca de Juárez, Oax. 28 de abril de 2022.- La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), en la cual se invalidó la terminación anticipada de mandato de los integrantes del ayuntamiento de Santiago Xanica.
Emitida en el expediente JNI/11/2022, que, a su vez, confirmó el acuerdo IEEPCO-CG-SNI-003/2022 del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), en la que también calificó como jurídicamente no válida la asamblea de elección extraordinaria de concejales al citado ayuntamiento, llevada a cabo el 28 de noviembre de 2021.
El Pleno de la Sala Regional señaló que fue correcta la conclusión a la que arribó el TEEO de no otorgar validez a los actos antes precisados, debido a que el procedimiento que se siguió para decidir la terminación anticipada de mandato de la presidenta municipal y los concejales del ayuntamiento carece de certeza jurídica.
Lo anterior, porque las personas que emitieron las convocatorias de las asambleas generales comunitarias no contaban con facultades para hacerlo.
Además de que, en la sustanciación del procedimiento de terminación anticipada de mandato, no se cumplió con el marco jurídico aplicable ni se colmaron los requisitos establecidos por la Sala Superior de este Tribunal Electoral; en especial, respecto a garantizar una modalidad de audiencia de los ediles sujetos a dicho procedimiento.