• El dictamen fue remitido al Senado para sus efectos constitucionales
Ciudad de México, 9 de diciembre de 2022.- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA).
El documento, avalado en lo general por 246 votos a favor, 208 en contra y dos abstenciones, establece que el TFJA conocerá de los juicios respecto de la separación, remoción, baja, cese, destitución o cualquier otra forma de terminación de servicio de los agentes del Ministerio Público, peritos e integrantes de las instituciones policiales de la Federación.
Las sesiones que realicen las secciones deberán ser púbicas: se levantará acta y se tomará versión estenográfica o grabación. Cuando la Ley establezca que deban ser privadas, solo se levantará acta, de la cual se realizará versión pública. Además, se establece que se debe elegir de entre magistrados de la Sala Superior a la persona titular de la Presidencia del Tribunal.
Asimismo, se estipula que las personas servidoras públicas del Tribunal están obligadas a guardar la más estricta reserva respecto de los datos e información contenida en los expedientes que se encuentren en las salas u órganos colegiados adscritos y de los demás que tengan conocimiento.
Los magistrados sólo serán removidos de sus cargos por las siguientes causas, previa investigación y substanciación por parte de la Junta de Gobierno y Administración y resolución del Pleno General cuando acosen u hostiguen sexualmente, o bien llevar a cabo una o más conductas de naturaleza sexual, valiéndose de su posición jerárquica o aunque no exista dicha posición, sobre otra persona de su entorno laboral, sin el consentimiento de ésta.
Además, valiéndose de las atribuciones o facultades de su empleo, cargo o comisión, directa o indirectamente, designar, nombrar o intervenir para que se contrate en cualquier órgano jurisdiccional o área administrativa del Tribunal en que ejerza funciones, a personas con las que tenga lazos de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado o vínculo de matrimonio, concubinato o afectivo.
También establece que serán removidas las personas, que habiendo recibido un nombramiento de base, interino o de confianza directa o indirectamente, designen, nombren o intervengan para que se contrate a los cónyuges, concubinas, convivientes o parejas en relaciones análogas, o a parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado de la persona que los nombró.
En lo particular, el dictamen fue avalado por 251 votos a favor, 206 en contra y una abstención en términos de los artículos 3, 14, 16, 17, 43, 44 y 45, así como Quinto, Sexto y Noveno Transitorios. Se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.