Paola Flores
Oaxaca, Oax., 20 de enero de 2026.- Luego de cinco días en la cárcel, el pastor evangélico Mariano Velásquez Martínez fue puesto en libertad por las autoridades de Santiago Malacatepec, municipio de San Juan Mazatlán, Mixe.
Su liberación se dio ante la presión mediática y no exenta de irregularidades. Esto derivó en el desplazamiento de él y su familia, un acto que hoy está tipificado como delito grave en Oaxaca.
El pastor denunció que las autoridades lo obligaron a firmar un documento en blanco, el cual se teme sea utilizado para fabricar una supuesta “salida voluntaria” y así evadir responsabilidades legales.
El 15 de enero de 2026 fue detenido tras negarse a arrodillarse y rezar ante una imagen católica, argumentando sus convicciones cristianas. Previamente fue forzado a aceptar el cargo de mayordomo de la festividad de Santiago Apóstol.
Estos casos siguen ocurriendo, pese a que en septiembre de 2025, el Congreso de Oaxaca aprobó la Ley para Prevenir, Atender y Reparar Integralmente el Desplazamiento Forzado Interno, la cual es contundente frente a estos atropellos:
La ley admite explícitamente que los conflictos de libertad religiosa son factores originarios de desplazamiento forzado y tipifica el desplazamiento arbitrario como un delito penal en Oaxaca.
Los responsables de provocar el desplazamiento de la familia Velásquez Martínez podrían enfrentar penas de 10 a 18 años de prisión, además la ley contempla un aumento en las penas dado que el delito fue cometido por autoridades locales (servidores públicos) y en un contexto de violencia y hostigamiento familiar.
San Juan Mazatlán tiene un historial crítico de intolerancia; apenas en 2023, seis familias fueron expulsadas de San Pedro Chimaltepec por motivos similares.
Porfirio Flores, abogado y representante de las víctimas exigió en un comunicado que la Fiscalía General del Estado de Oaxaca y a la Secretaría de Gobierno se aplique la ley y existan garantías para la protección del pastor y su familia, así como una reparación integral.
«La libertad de culto no es una concesión de las autoridades comunales, sino un derecho humano inalienable que el Estado debe proteger», sentenció el defensor de derechos humanos.







