{"id":4788,"date":"2020-08-08T01:27:57","date_gmt":"2020-08-08T01:27:57","guid":{"rendered":"https:\/\/fdnoaxaca.net\/?p=4788"},"modified":"2020-08-08T01:28:01","modified_gmt":"2020-08-08T01:28:01","slug":"del-estado-constitucional-de-derecho-al-estado-de-naturaleza-justicia-por-propia-mano","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fdnoaxaca.net\/index.php\/2020\/08\/08\/del-estado-constitucional-de-derecho-al-estado-de-naturaleza-justicia-por-propia-mano\/","title":{"rendered":"Del Estado Constitucional de Derecho al Estado de naturaleza    (Justicia por propia mano)"},"content":{"rendered":"\n<p>\u00bfQu\u00e9 implica vivir en un Estado Constitucional de Derecho? Que exista un marcado contrapeso de poder y garantizar los derechos humanos. Desafortunadamente, en M\u00e9xico, muchas veces se desdibujan los dos elementos mencionados. <br> En esta ocasi\u00f3n, s\u00f3lo me referir\u00e9 al segundo elemento: el respeto a los derechos humanos, los cuales no son garantizados para el imputado, ni para la v\u00edctima. Durante la semana, en las redes sociodigitales, se hizo viral el video donde pasajeros de una combi de transporte p\u00fablico se defendieron en contra de un delincuente que intent\u00f3 privarlos de sus pertenencias. Los comentarios a favor de la \u201cgolpiza\u201d propinada al sujeto no se hicieron esperar, pero tambi\u00e9n se levantaron voces que anuncian un peligro sobre estas medidas sociales. <br> Resulta muy com\u00fan ver videos de robos con violencia no s\u00f3lo en el Estado de M\u00e9xico o Ciudad de M\u00e9xico, sino en todo el pa\u00eds. En este sentido, por un hartazgo de la poblaci\u00f3n, \u00e9sta ha \u201cimpartido\u201d justicia por propia mano, medidas que sin lugar a dudas cimbran al Estado Constitucional de Derecho. <br> A lo largo de la historia han existido varias formas de resolver problemas, o en su caso impartir justicia, como: la ley del Tali\u00f3n, tambi\u00e9n llamada venganza privada (ojo por ojo); la venganza divina; la venganza p\u00fablica. Actualmente, existe el proceso judicial, como la forma m\u00e1s evolucionada de dirimir controversias. <br> Es insoslayable comentar que el derecho de acceso a la justicia se encuentra establecido en el art\u00edculo 17 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, que la letra dice: \u201cNinguna persona podr\u00e1 hacerse justicia por propia s\u00ed misma, no ejercer violencia para reclamar su derecho\u201d. En el segundo p\u00e1rrafo de este mismo precepto se determina que existir\u00e1n tribunales para impartir justicia.<\/p>\n\n\n\n<p>En el caso de la combi, existe un v\u00eddeo que ilustra el hecho considerado como delito y servir\u00eda como prueba en un proceso penal, camino procesal que finalizar\u00eda con una sentencia que condenar\u00eda o absolver\u00eda al imputado. As\u00ed las cosas, pero antes de llegar a la culminaci\u00f3n del proceso, las personas afectadas tuvieron que entregar al imputado ante la polic\u00eda, posteriormente, haber presentado una denuncia ante la Fiscal\u00eda. Aqu\u00ed es donde aparecen los derechos humanos de v\u00edctimas e imputados. <\/p>\n\n\n\n<p>En un verdadero Estado Constitucional de Derecho, las v\u00edctimas obtienen justicia con base en tribunales que est\u00e1n para ello; en cuanto a los imputados el proceso se lleva de acuerdo a las formalidades esenciales del procedimiento, es decir, bajo reglas establecidas en las leyes para demostrar su culpabilidad. No obstante, la poblaci\u00f3n ante la desconfianza de instituciones s\u00f3lidas, prefieren ahorrase el \u201cpapeleo\u201d y los tr\u00e1mites procesales, motivo suficiente para regresar a la venganza privada. <\/p>\n\n\n\n<p>Una docente me pregunt\u00f3 si las personas que golpearon al delincuente actuaron bajo leg\u00edtima defensa. Primero me gustar\u00eda transcribir c\u00f3mo define el C\u00f3digo Penal de Oaxaca esta figura jur\u00eddica. El apartado B, fracci\u00f3n II, del art\u00edculo 14 del cuerpo normativo citado, a la letra dice: <br> \u201cLeg\u00edtima defensa: Se repela una agresi\u00f3n real, actual o inminente y sin derecho, en defensa de bienes jur\u00eddicos propios o ajenos, siempre que exista necesidad de la defensa, racionalidad de los medios empleados y no medie provocaci\u00f3n dolosa suficiente e inmediata por parte del agredido o de su defensor.\u201d (Las negritas son m\u00edas).<\/p>\n\n\n\n<p>En el p\u00e1rrafo tercero, de la fracci\u00f3n II, del miso art\u00edculo en comento expresa lo siguiente:<br> \u201cTambi\u00e9n se presumir\u00e1 leg\u00edtima defensa cuando se trate de impedir o se impida la comisi\u00f3n de un delito a bordo de veh\u00edculos destinados al transporte p\u00fablico o privado\u2026\u201d <\/p>\n\n\n\n<p>Lo que se podr\u00eda achacar, en \u00e9ste caso y otros m\u00e1s, es un \u201cexceso de leg\u00edtima defensa\u201d, porque \u201cpresuntamente\u201d se extralimitaron en la racionalidad de los medios empleados, empero, esta situaci\u00f3n de exceso o no, tendr\u00eda que comprobarse en un proceso penal, lo que significa instituciones de procuraci\u00f3n y de administraci\u00f3n de justicia fortalecidas, as\u00ed como la preparaci\u00f3n de profesionales en Derecho. <\/p>\n\n\n\n<p>Los casos de autotutela (hacer justicia por s\u00ed mismo) no desaparecer\u00e1n, los seguiremos viendo en los medios de comunicaci\u00f3n o en las redes sociodigitales.<\/p>\n\n\n\n<p>Si la sociedad comienza a impartir justicia en sus manos, cualquier persona por estar en el lugar y en tiempo equivocados, sin que existan pruebas, como resulta ser un v\u00eddeo; podr\u00eda caer en manos de una turba, que con justa raz\u00f3n, encolerizada no vea qui\u00e9n la hizo, sino qui\u00e9n se la paga.<\/p>\n\n\n\n<p>A pesar que la Constituci\u00f3n Federal establece el derecho humano de acceso a la justicia que debe garantizar la autoridad p\u00fablica, en el M\u00e9xico B\u00e1rbaro, el Estado ha sido rebasado. Ante el hartazgo de la delincuencia la sociedad comienza a cobrarse las afrentas por s\u00ed misma, lo cual resulta muy peligroso porque nos sit\u00faa en un Estado de naturaleza. <br> Al final, Usted, tiene la mejor opini\u00f3n\u2026<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00bfQu\u00e9 implica vivir en un Estado Constitucional de Derecho? Que exista un marcado contrapeso de poder y garantizar los derechos humanos. Desafortunadamente, en M\u00e9xico, muchas veces se desdibujan los dos elementos mencionados. 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