{"id":9932,"date":"2022-05-18T00:29:37","date_gmt":"2022-05-18T00:29:37","guid":{"rendered":"https:\/\/fdnoaxaca.net\/?p=9932"},"modified":"2022-05-18T00:29:41","modified_gmt":"2022-05-18T00:29:41","slug":"consultara-ine-a-pueblos-y-comunidades-indigenas-sobre-como-acreditar-autoadscripcion-en-postulacion-de-candidaturas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/fdnoaxaca.net\/index.php\/2022\/05\/18\/consultara-ine-a-pueblos-y-comunidades-indigenas-sobre-como-acreditar-autoadscripcion-en-postulacion-de-candidaturas\/","title":{"rendered":"Consultar\u00e1 INE a pueblos y comunidades ind\u00edgenas sobre c\u00f3mo acreditar autoadscripci\u00f3n en postulaci\u00f3n de candidaturas"},"content":{"rendered":"\n<p>Ciudad de M\u00e9xico 17 de mayo de 2022.- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprob\u00f3 por unanimidad la realizaci\u00f3n de la consulta previa, libre e informada a las personas, pueblos y comunidades ind\u00edgenas en materia de autoadscripci\u00f3n, para la postulaci\u00f3n de candidaturas a cargos federales de elecci\u00f3n popular, as\u00ed como su protocolo.<\/p>\n\n\n\n<p>La consulta tendr\u00e1 por objeto recibir las opiniones, propuestas y planteamientos de los pueblos y comunidades ind\u00edgenas sobre la forma en que se deber\u00e1 acreditar la autoadscripci\u00f3n calificada para la postulaci\u00f3n de candidaturas al amparo de una acci\u00f3n afirmativa.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>Consulta ser\u00e1 pieza clave para el cumplimiento de lo mandatado por el TEPJF<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>En sesi\u00f3n extraordinaria, la Consejera Norma De la Cruz resalt\u00f3 que esta consulta \u201ccomprende una pieza clave para el cumplimiento de lo mandatado por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n, ya que se orden\u00f3 a este Instituto emitir los lineamientos que permitir\u00e1n verificar, de manera certera y fehaciente, el cumplimiento de la autoadscripci\u00f3n calificada\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Lo anterior, dijo, \u201ccon el prop\u00f3sito de comprobar que el registro de candidaturas ind\u00edgenas cuente con los elementos objetivos e id\u00f3neos que permitan acreditar su pertenencia a este grupo\u201d. Al acompa\u00f1ar la aprobaci\u00f3n de esta consulta, consider\u00f3 que una tarea como \u00e9sta \u201cdebe involucrar una articulaci\u00f3n institucional tanto nacional como local, porque estamos ante el entendimiento de una cosmovisi\u00f3n diferente. Debemos prepararnos lo mejor posible para que este esfuerzo no se quede solamente en esta consulta y emisi\u00f3n de lineamientos\u201d, enfatiz\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>Transparencia: ant\u00eddoto ante intentos de simulaci\u00f3n<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa transparencia act\u00faa como ant\u00eddoto ante intentos de simulaci\u00f3n\u201d, afirm\u00f3 la Consejera Dania Ravel, quien aclar\u00f3 que en ning\u00fan momento la consulta tiene como prop\u00f3sito cuestionar el reconocimiento de la autoadscripci\u00f3n simple de las personas de pueblos y comunidades ind\u00edgenas.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cTiene como fin garantizar que sean personas ind\u00edgenas las que accedan, al amparo de dicha acci\u00f3n, a las candidaturas a los cargos de elecci\u00f3n popular y no determinar qui\u00e9n es ind\u00edgena y qui\u00e9n no\u201d, sostuvo. Explic\u00f3 que los lineamientos que se emiten por el \u00f3rgano electoral permitir\u00e1n verificar de manera certera el cumplimiento de la autoadscripci\u00f3n calificada a efecto de que desde el momento del registro se cuente con elementos objetivos e id\u00f3neos que permitan acreditarla.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>La consulta servir\u00e1 para que el INE garantice acceso a cargos de elecci\u00f3n popular<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Consejera Carla Humphrey destac\u00f3 que la realizaci\u00f3n de esta consulta implicar\u00e1 un importante esfuerzo institucional que tendr\u00e1 como resultado comprender mejor a los pueblos y comunidades ind\u00edgenas del pa\u00eds, as\u00ed como sus instituciones con el fin de garantizarles de mejor manera el acceso a los cargos de elecci\u00f3n popular.<\/p>\n\n\n\n<p>A petici\u00f3n de la Consejera Humphrey se aprob\u00f3 por mayor\u00eda de votos la valoraci\u00f3n de los resultados de los foros por la Unidad T\u00e9cnica de G\u00e9nero y No Discriminaci\u00f3n del INE, as\u00ed como la realizaci\u00f3n de reuniones consultivas en al menos los 28 distritos ind\u00edgenas del pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>Protocolo cumple con exigencia de consultar a pueblos y comunidades ind\u00edgenas con particularidad, no con exclusividad<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>El Consejero Uuc-kib Espadas, presidente de la Comisi\u00f3n de Prerrogativas y Partidos Pol\u00edticos, explic\u00f3 que en el mismo sentido que la Constituci\u00f3n, \u201cel art\u00edculo 6 del Convenio 169 de la Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo exige que, al momento de consultar a los pueblos y comunidades ind\u00edgenas, se consulte con particularidad, no con exclusividad, a las autoridades tradicionales de estos pueblos y eso se cumple en el protocolo que estamos presentando. No se est\u00e1 convocando exclusivamente a individuos, negando los derechos colectivos; se est\u00e1 convocando a individuos, a pueblos y a comunidades\u201d, subray\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, dej\u00f3 en claro que \u201cnuestro texto constitucional establece que los derechos colectivos de los pueblos ind\u00edgenas se aplican a individuos y se aplican a aquellos individuos en funci\u00f3n de la conciencia de su identidad ind\u00edgena. En ese sentido, me parece que los t\u00e9rminos del proyecto en este punto particular son los acertados\u201d.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong><em>El derecho a una consulta es colectivo para pueblos y comunidades ind\u00edgenas<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La Consejera Claudia Zavala pidi\u00f3 diferenciar que \u201cla consulta es un derecho colectivo y el protocolo es para realizar la consulta\u201d por lo que, en cumplimiento a una sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci\u00f3n (TEPJF), \u201cveremos la forma en c\u00f3mo, para efectos electorales, vamos a tener que acreditar la autoadscripci\u00f3n y esa forma es lo que vamos a consultar\u201d, puntualiz\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEl derecho a una consulta previa, libre e informada, reconocido internacionalmente, es un derecho colectivo que prepara el camino para los actos de autoridad tomando en consideraci\u00f3n los sistemas de los pueblos y las comunidades ind\u00edgenas\u201d, dijo y abund\u00f3 que el protocolo es para un derecho expresamente reconocido.<\/p>\n\n\n\n<p>El proceso de la consulta a las personas, pueblos y comunidades ind\u00edgenas se realizar\u00e1 en las etapas siguientes: Etapa de convocatoria; informativa; deliberativa; consultiva; valoraci\u00f3n de las opiniones y sugerencias; conclusiones y dictamen.<\/p>\n\n\n\n<p>El calendario de realizaci\u00f3n de las reuniones consultivas estatales ser\u00e1 definido por la Direcci\u00f3n Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Pol\u00edticos del INE, en coordinaci\u00f3n con las Juntas Locales Ejecutivas, a m\u00e1s tardar en el mes de julio de 2022 y \u00e9stas a su vez con sus respectivas Juntas Distritales Ejecutivas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ciudad de M\u00e9xico 17 de mayo de 2022.- El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprob\u00f3 por unanimidad la realizaci\u00f3n de la consulta previa, libre e informada a las personas, pueblos y comunidades ind\u00edgenas en materia de autoadscripci\u00f3n, para la postulaci\u00f3n de candidaturas a cargos federales de elecci\u00f3n popular, as\u00ed como su protocolo. 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