Oaxaca de Juárez, Oax. 4 de octubre de 2022.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) modificó la convocatoria que emitió el presidente municipal de La Compañía, para la celebración de la asamblea general comunitaria, a la elección de integrantes de ese ayuntamiento; porque impuso un requisito de elegibilidad no consultado con la comunidad.
En la resolución de los juicios de la ciudadanía indígena identificados con las claves JDCI/153/2022 y JDCI/154/2022, por unanimidad, el Pleno advirtió que la convocatoria contiene una restricción a la postulación para integrantes del ayuntamiento, consistente en no estar en funciones como autoridad municipal al día de elección.
Expuso que, como se acredita de autos, la identificación del sistema electivo establecido en la convocatoria, se dio a partir de oficios que fueron remitidos unilateralmente por autoridades del ayuntamiento, sin que se demostrara que las modificaciones hayan sido consultadas a los pobladores.
En consecuencia, esta sentencia también modificó el dictamen de identificación del sistema de elección de La Compañía.