Ciudad de México, Mx. 21 de marzo de 2024.-La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad de votos, el acuerdo INE/CG234/2024 emitido por el Consejo General del INE por el que negó el registro de una candidatura indígena a la Presidencia de la República, al no contar con atribuciones para llevar a cabo el registro sin que sean postuladas mediante un partido político o a través de la vía independiente.
Inconforme con lo anterior, un ciudadano que se ostenta como indígena impugnó el acuerdo al considerar que, en su concepto, la responsable debió realizar una interpretación favorable que le permitiera obtener su registro en la elección presidencial, mediante la candidatura indígena.
En sesión pública presencial, la Sala Superior, a propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, validó la negativa de registro, porque las únicas dos vías previstas por la Constitución federal para obtener una candidatura a la Presidencia de la República, es a través de la postulación de los partidos políticos o candidaturas independientes.
En consecuencia, se confirmó la resolución impugnada (SUP-JDC-353/2024).