Oaxaca de Juárez, Oax. 6 de septiembre de 2021.- La Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) anuló la elección de la concejalía del municipio de Santa Cruz Xoxocotlán, donde había resultado electa como presidente municipal Tania López López.
Este lunes, la Sala Xalapa informó de la revocación de la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado Oaxaca (TEEO), que confirmó los resultados consignados en el acta de cómputo de la citada elección municipal, así como el otorgamiento de las constancias de mayoría y validez correspondientes.
El Pleno arribó a tal determinación, al considerar que, el TEEO incumplió con su deber de juzgar bajo el principio de exhaustividad, puesto que realizó una valoración superficial de las pruebas. Por lo que, con plenitud de jurisdicción, se decidió analizar los planteamientos formulados por el partido político Fuerza por México y su candidato, relacionados con la afectación a la equidad en la contienda electoral.
A partir de ello, los magistrados valoraron de manera conjunta el material probatorio y determinaron declarar la nulidad de la elección, motivo de disenso.
“Ya que ésta se realizó en un contexto de violencia generalizada en el que, además, la candidata electa hizo uso de los logros del gobierno municipal para promocionarse e, incluso, quedó demostrado que existió injerencia de su esposo, – Alejandro López Jarquín-, quien es el actual presidente municipal, lo que se tradujo en una afectación al principio de equidad en la contienda”, argumentó el TEPJF.
Tras la anulación de la elección, la Sala Regional Xalapa ordenó al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO) la celebración de elecciones extraordinarias de Santa Cruz Xoxocotlán, municipio conurbado a la capital del estado.
En otro tema, la Sala Regional Xalapa confirmó diversas sentencias emitidas por los tribunales electorales de los estados de Campeche, Chiapas, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco y Veracruz, las cuales, a su vez, confirmaron los cómputos de las elecciones de 20 municipios de dichos estados y de cinco diputaciones locales por el principio de mayoría relativa (MR), celebradas en igual número de distritos del estado de Oaxaca, así como la entrega de las constancias de mayoría y validez respectivas.
Todo ello, al resolver 30 juicios de revisión constitucional electoral y cuatro juicios ciudadanos federales.