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Acredita Tribunal Electoral violencia política contra regidoras de Oaxaca

Oaxaca de Juárez, Oax. 12 de septiembre de 2021.- El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO) declaró la existencia de violencia política en razón de género, cometida en contra de regidoras de San Jerónimo Sosola y Magdalena Apasco, por parte de los respectivos presidentes municipales.

En el primero de estos asuntos, a través del juicio JDCI/34/2021, se acreditó la obstrucción al ejercicio del cargo a la regidora de Ecología, Amelia Gómez Durán, que tuvo como base la discriminación a la actora por el hecho de ser mujer.

Por lo anterior, el TEEO ordenó al presidente municipal de Sosola convoque a Gómez Durán a sesiones de cabildo, y asigne recursos materiales para desempeñar sus funciones, asimismo, le fueron dictadas medidas de reparación integral a favor de la actora.

En Magdalena Apasco, el Pleno concluyó que constituyeron violencia simbólica, psicológica y política los actos denunciados por Lizeht Chávez Chávez, regidora de Hacienda del ayuntamiento, cometidos por el munícipe, toda vez que se dirigieron a limitar y restringir su ámbito de actuación como servidora pública frente a su comunidad, además del sentimiento de incomodidad y hostilidad para desempeñar sus actividades.

De esta forma, añade la sentencia del expediente JDCI66/2021, la obstaculización en el ejercicio del cargo del cual la actora ha sido objeto, se hizo con el propósito de denostarla y evidenciarla ante sus pares en el ayuntamiento, lo anterior tuvo como resultado una afectación en el ejercicio del cargo para el cual fue electa.

Por otra parte, el Pleno del TEEO confirmó los resultados de las elecciones de concejales a los ayuntamientos de Loma Bonita, Valle Nacional y Santa María Jalapa del Marqués.

En el primero de estos asuntos, a través de los recursos de inconformidad de elección de ayuntamientos, identificados con las claves: RIN/EA/05/2021 y RIN/EA/06/2021, declaró como infundadas las causales de nulidad hechas valer por los partidos Revolucionario Institucional y Nueva Alianza Oaxaca.

Este órgano jurisdiccional consideró que a los inconformes no les asiste la razón, pues, de las documentales que obran en autos no existe alguna tendiente a demostrar que, como lo señalan, se ejerció violencia o presión en la jornada electoral hacia los funcionarios o electorado, en alguna de las casillas electorales impugnadas.

En consecuencia, confirmó los resultados consignados en el acta de cómputo municipal de la elección de concejales del municipio de Loma Bonita, la calificación y la declaración de validez de la elección, así como expedición de la constancia de mayoría a favor de la planilla postulada por el partido de la Revolución Democrática.

Respecto a la elección municipal de Valle Nacional, los magistrados calificaron como infundado el agravio hecho valer por el partido político Nueva Alianza Oaxaca contra los resultados consignados en el acta de cómputo municipal, pues, si bien el Consejo Municipal fue omiso en pronunciarse a su solicitud de un recuento de votos, lo cierto es que este Tribunal determinó que no le asistía la razón respecto a esta petición.

Recordaron que, en acuerdo plenario de 12 de agosto de la presente anualidad, el Pleno de este Tribunal determinó que el partido actor partió de la premisa errónea al señalar que al actualizarse el supuesto consistente en que los votos nulos sean mayores a la diferencia de votos entre los candidatos que obtuvieron el primer y segundo lugar de la votación total, actualiza la procedencia del recuento de votos en la totalidad de las casillas.

Mediante la sentencia del recurso de inconformidad de elección de ayuntamientos, identificados con la clave: RIN/EA/65/2021, el TEEO confirmó los resultados consignados en el acta de cómputo municipal de la elección de concejales del municipio de San Juan Bautista Valle Nacional, la calificación y la declaración de validez de la elección, así como expedición de la constancia de mayoría a favor de la planilla postulada por el Partido Verde Ecologista de México.

A través del expediente número RIN/EA/58/2021, este Tribunal confirmó, también, los resultados consignados en el acta de cómputo municipal, la declaración de validez de la elección de concejales al ayuntamiento de Santa María Jalapa del Marqués, y la expedición de la constancia de mayoría y validez en favor de la planilla de la coalición denominada “Va Por Oaxaca”, integrada por los partidos políticos PRI, PAN y PRD.

Argumentó que no se actualiza el agravio expuesto por la representación de Morena, respecto a que se haya ejercido violencia física o presión sobre los funcionarios de la mesa directiva de casilla o sobre los electores, de tal manera que afectó la libertad o el secreto del voto, y esos hechos influyeran en el resultado de la votación de la casilla, dado que los medios de prueba aportados para sustentar sus afirmaciones, no fueron de la entidad suficiente como para tener por probados los hechos señalados en su escrito de demanda.

Colaborador, FDN Oaxaca
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Colaborador, FDN Oaxaca
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