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La (no) reinserción social en el sistema penitenciario

Mtro. Julio Eduardo Manzano Bizuet

Oaxaca de Juárez, Oax. 3 de enero de 2023.- El pasado 1 de enero, se suscitó un motín en el Cereso número 3, ubicado en Ciudad Juárez, Chihuahua. Derivado de este hecho, se fugaron alrededor de 30 personas privadas de la libertad (PPL) y fallecieron 10 personas, entre custodios y PPL.  

El motín en el Cereso número 3, expresa de forma contundente, lo que todo mundo sabe: la crisis, corrupción y actividades delictivas que se cometen, sistemáticamente, al interior de las cárceles.  

El secretario de la Defensa Nacional, Luis Crescencio Sandoval, informó que se hallaron celdas “VIP”, droga, armas de fuego, una caja fuerte, con aproximadamente, un millón de pesos; las cuales sólo se pueden explicar por la complicidad de las autoridades carcelarias. Con estos privilegios se duda que exista, en México, una verdadera reinserción social. 

¿Cómo se logra la reinserción social? El párrafo segundo del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) determina lo siguiente: “El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley[…]” 

Llama la atención que las PPL que se fugaron son considerados de peligrosidad media, lo cual contrasta con su actividad delictiva derivada del crimen organizado. Cuando se trata de penas por delincuencia organizada, el último párrafo del artículo 18 de la CPEUM establece lo siguiente: “para la reclusión preventiva y la ejecución de sentencias en materia de delincuencia organizada se destinarán centros especiales. Las autoridades competentes podrán restringir las comunicaciones de los inculpados y sentenciados por delincuencia organizada con terceros, salvo el acceso a su defensor, e imponer medidas de vigilancia especial a quienes se encuentren internos en estos establecimientos […]” 

Dicen las autoridades que se castigará a quien resulte responsable de los “lujos” y situación que imperaba en el penal. ¿Será el único Cereso que tenía estos “privilegios”? Existe toda una serie de medidas de seguridad para que familiares, abogados o amistades ingresen a los penales, que a la mínima sospecha, se impide que ingresen con comida u otros objetos, cuando al interior de las cárceles se encuentran todo un “parque de diversiones”.

*Julio Eduardo Manzano Bizuet. Académico universitario, abogado. Exdefensor de las Audiencias de Cortv. 

Colaborador, FDN Oaxaca
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Colaborador, FDN Oaxaca
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